El Tribunal Internacional del Derecho de Mar, con sede en Hamburgo, recientemente emitió la primera opinión consultiva sobre las obligaciones de los Estados sobre el cambio climático. En esta oportunidad, el TIDM sostuvo que los gases de efecto invernadero GEI producen contaminación de los mares, océanos y ecosistemas marinos. De ahí que es obligación de los Estados Partes de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho al Mar proteger y adoptar medidas encaminadas en conservar los ecosistemas marinos ante el avance de los efectos del cambio climático. Al respecto, y de forma unánime, el tribunal sostuvo lo siguiente:
“El cambio climático es una forma de contaminación marina y los Estados tienen la obligación de adoptar todas las medidas necesarias para prevenir, reducir y controlar tal contaminación causada por gases efecto invernadero de gases de efecto invernadero (GEI) y sus efectos adversos en el medio marino”
La acidificación del mar, el aumento en los niveles del mar y la erosión de la línea de costa son algunos de los problemas que se están evidenciando como efectos del cambio climático. Tal como lo señala algunos estudios, Colombia es uno de los países mas vulnerables a la emergencia climática. Actualmente, Colombia y Chile solicitaron una opinión consultiva ante la Corte IDH sobre las obligaciones de los Estados Parte de la Convención frente al cambio climático. Esta opinión consultiva puede ser pionera en sentar las bases interpretativas sobre las obligaciones estatales en materia de cambio climático en la región. El antecedente de la sentencia del Tribunal del Mar puede ser un precedente importante que permita a la Corte IDH dar luces a la luz del sistema interamericano de derechos humanos.